Reforma constitucional en Tierra del Fuego: Andrés Gil Domínguez sostiene que la Legislatura puede frenar el proceso

El constitucionalista analizó en FM La Isla el conflicto tras la derogación de la Ley 1529 y aseguró que, mientras no se hayan elegido convencionales, la etapa sigue siendo “preconstituyente” y puede ser revertida.
TIERRA DEL FUEGO04/05/202619640 Noticias19640 Noticias

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Andrés Gil Domínguez

En medio de la creciente tensión política por la reforma constitucional en Tierra del Fuego, el constitucionalista Andrés Gil Domínguez brindó su interpretación sobre el escenario actual y afirmó que la Legislatura provincial tiene facultades para dejar sin efecto el proceso mientras no se haya avanzado a la instancia decisiva.

Durante una entrevista en FM La Isla, el especialista explicó que el sistema argentino, tanto a nivel nacional como provincial, se basa en constituciones rígidas que establecen dos etapas bien diferenciadas para su reforma: una preconstituyente y otra constituyente.

Mientras no se hayan elegido los convencionales constituyentes, seguimos en la etapa preconstituyente”, señaló. En ese sentido, remarcó que la Legislatura conserva la potestad de derogar la ley que impulsaba la reforma, aun cuando ya se hubiese dictado la convocatoria.

Según su análisis, el punto clave radica en que la elección de convencionales marca un “punto de no retorno”. “Si el pueblo ya hubiera elegido a los convencionales, el proceso sería irreversible. Pero como eso no ocurrió, la Legislatura puede cerrar esta etapa”, sostuvo.

En relación al fallo del Superior Tribunal de Justicia que había convalidado la ley de necesidad de la reforma, Gil Domínguez aclaró que ese pronunciamiento solo validó su constitucionalidad formal, pero no limita la posibilidad de que el propio Poder Legislativo revierta su decisión antes de avanzar a la siguiente fase.

Otro aspecto relevante que planteó es que este tipo de normas no pueden ser vetadas por el Poder Ejecutivo. “Tienen forma de ley, pero no son leyes en sentido estricto. Por eso el Ejecutivo no tiene potestad de veto”, explicó.

No obstante, advirtió que el conflicto podría trasladarse al ámbito judicial. “La judicialización es el camino que este tipo de controversias tiene como destino seguro”, afirmó, al tiempo que indicó que cualquier ciudadano podría intentar impugnar la situación si considera afectada la soberanía popular, aunque reconoció que la jurisprudencia suele exigir una afectación concreta.

Finalmente, el constitucionalista sostuvo que la derogación de la ley implica, en los hechos, la interrupción del proceso de reforma. “Si la Legislatura decidió cerrar la etapa preconstituyente, el Poder Ejecutivo queda inhibido de convocar a elecciones de convencionales constituyentes”, concluyó.

El debate continúa abierto y, como anticipan distintos sectores, será la Justicia la que termine definiendo el alcance de las decisiones adoptadas en este escenario de fuerte disputa institucional.

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