La Justicia declaró inconstitucional un artículo de la Reforma Laboral sobre indemnizaciones

Un tribunal laboral de La Plata declaró inconstitucional el artículo 55 de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei. El fallo sostiene que la norma modifica el cálculo de indemnizaciones en perjuicio de los trabajadores y contradice derechos garantizados por la Constitución Nacional.
 
NACIONAL16/03/202619640 Noticias19640 Noticias

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La Justicia laboral volvió a poner en cuestión la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei. En esta oportunidad, el Tribunal de Trabajo N°3 de La Plata declaró la inconstitucionalidad de un artículo clave de la nueva legislación al considerar que afecta derechos de los trabajadores.

El fallo apunta específicamente al artículo 55 de la ley 27.802, que modifica el cálculo de las indemnizaciones laborales y establece un nuevo mecanismo de actualización para los montos a pagar en juicios laborales.

Los magistrados sostuvieron que la aplicación de ese artículo resulta contraria a los derechos establecidos en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que garantiza la protección del trabajo y condiciones dignas para los trabajadores.

Según el tribunal, el nuevo sistema de cálculo perjudica a los empleados al no contemplar adecuadamente la pérdida del poder adquisitivo provocada por la inflación, lo que reduce el valor real de las indemnizaciones.

Este pronunciamiento representa el segundo revés judicial contra la reforma laboral en los últimos días. El primero se había registrado en la provincia de Córdoba, donde el juez de Cámara Ricardo Giletta también declaró inconstitucional el mismo artículo.

En ese caso, el magistrado consideró que la norma vulnera el principio de igualdad ante la ley, ya que pretende aplicar retroactivamente un nuevo sistema de cálculo a juicios laborales que ya estaban iniciados antes de la sanción de la ley.

La reforma establecía que las indemnizaciones debían actualizarse mediante una tasa pasiva determinada por el Banco Central, que no podría ser inferior al 67% de lo que resulte de aplicar el Índice de Precios al Consumidor más un 3% anual. Para los tribunales, este mecanismo resulta desfavorable para los trabajadores.

El caso analizado en La Plata surgió a partir de la demanda de un trabajador que se consideró despedido tras sufrir falta de tareas, falta de pago de salarios y ausencia de registración laboral.

Ante la falta de respuesta de los empleadores a la demanda, la Justicia los condenó a pagar 12,8 millones de pesos en concepto de indemnización, con un plazo de diez días para cumplir con el pago.

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