
Unifican condenas para los hermanos Sarome: prisión efectiva y nuevas declaraciones de reincidencia
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El Juzgado en lo Correccional de Río Grande, a cargo del juez Pedro Fernández, resolvió unificar las penas impuestas a Silvana y Diego Sarome por distintos delitos cometidos entre 2023 y 2025. Tras la revisión de las causas, se estableció una condena de un año de prisión efectiva para Silvana y de 2 años y 8 meses de prisión efectiva para Diego.
En ambos casos, el magistrado decidió mantener la condición de reincidentes: Silvana fue declarada reincidente por tercera vez, mientras que Diego fue declarado reincidente por quinta vez.
Al fundamentar la resolución, el juez señaló como agravantes la reiteración delictiva, la multiplicidad de hechos y la diversidad de bienes jurídicos y víctimas afectadas. Según se desprende de la sentencia, estas circunstancias evidencian “una consolidación de pautas de comportamiento contrarias al orden jurídico, que no han sido disuadidas por las sanciones previamente impuestas”.
En el caso de Diego Sarome, el tribunal tuvo en cuenta antecedentes como una condena a seis meses de prisión efectiva por hurto en grado de tentativa en 2023, y otra de 2 años y 2 meses por resistencia a la autoridad ese mismo año. A ello se sumaron dos causas por hurto en 2024 y una más por daños y amenazas en 2025.
Entre los elementos valorados como agravantes figuran el uso de un cuchillo para intimidar a personal policial, la comisión de hechos en presencia de clientes y empleados, la elección de horarios nocturnos para aprovechar la escasa circulación de personas y el ingreso reiterado a una vivienda con elementos destinados a provocar intimidación y daños.
Respecto de Silvana Sarome, se contemplaron condenas previas dictadas en noviembre de 2022 y noviembre de 2024, ambas por hurto y de seis meses de prisión efectiva. En esos procesos, el tribunal consideró como agravantes la premeditación y la actuación conjunta con otras personas, lo que facilitó la ejecución de los ilícitos.
No obstante, el juez también evaluó atenuantes vinculados al contexto personal de ambos condenados, entre ellos la ausencia temprana de referentes adultos, institucionalización durante la niñez, situación de calle, falta de escolarización completa, carencia de inserción laboral formal y un policonsumo problemático crónico iniciado a edad temprana.
Con esta resolución, el tribunal dio por cerrada la unificación de penas correspondientes a los hechos acumulados en los últimos años.


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