Feriados de agosto 2025: cuándo hay fin de semana largo y cómo se paga

El mes de agosto trae un feriado nacional y un día no laborable con fines turísticos. Enterate qué días no se trabaja, cómo se paga el 17 de agosto y quiénes podrán disfrutar de un finde largo.

PAÍS26/07/202519640 Noticias19640 Noticias
Feriado

Con el receso invernal finalizado y el ciclo lectivo retomado en todo el país, muchos argentinos comienzan a preguntarse cuáles serán los próximos feriados. Agosto 2025 ofrece una combinación de fechas que pueden significar un descanso extendido para algunos trabajadores, dependiendo del régimen laboral y de la decisión del empleador.

Según el calendario oficial de feriados publicado por la Jefatura de Gabinete de la Nación, este mes contará con dos fechas destacadas:

  • Viernes 15 de agosto: Día no laborable con fines turísticos. Esto significa que no es un feriado nacional obligatorio; el empleador puede decidir si se trabaja o no. En caso de hacerlo, la jornada se paga como un día hábil normal.
  • Domingo 17 de agosto: Feriado nacional por el Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín. Si bien es un feriado trasladable, este año no se modifica su fecha.

¿Habrá fin de semana largo?

Sí, pero de forma parcial. Aquellos trabajadores que no deban prestar servicios el viernes 15 de agosto, podrán disfrutar de un fin de semana largo de tres días, desde el viernes hasta el domingo 17.

Para otros trabajadores, será una semana laboral regular, con el único descanso el domingo feriado.

¿Cómo se paga el feriado del 17 de agosto?

De acuerdo a la Ley de Contrato de Trabajo, el feriado nacional debe abonarse el doble de una jornada habitual. Es decir, quien trabaje ese día deberá recibir su salario normal más un adicional del 100%. En cambio, el viernes 15, al tratarse de un día no laborable, se paga como un día común, salvo que el empleador decida otorgarlo como franco.

¿Qué feriados quedan en 2025?

Además de las fechas de agosto, el calendario oficial de feriados prevé los siguientes días de descanso en lo que resta del año:

  • Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)
  • Viernes 21 de noviembre: Día no laborable puente
  • Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (trasladado del jueves 20)
  • Lunes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
  • Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)
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