
Revocaron el fallo que protegía a los usuarios de Tierra del Fuego ante las subas de gas
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La resolución emitida por los jueces Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez mantiene vigente la medida cautelar que prohíbe cortar el suministro de gas por falta de pago, hasta que se tramite el proceso y se dicte una sentencia definitiva.
Sin embargo, la empresa de gas Camuzzi podrá aplicar los aumentos tarifarios estipulados, por lo que las tarifas del servicio se volverán a cobrar con los valores actualizados.
Además, la Justicia rechazó el pedido cautelar que solicitaba "la devolución y/o compensación a los usuarios y consumidores de cualquier eventual tarifa abonada en exceso en virtud de los actos cuestionados".
La resolución también establece que "las argumentaciones que llevaron a esta Alzada a revocar la decisión recaída en aquellos accionados resultan plenamente aplicables al sub lite, más allá de los diferentes alcances de la cautela dispuesta en ambos casos". Esto se debe a que en ambos supuestos se fundamenta en que los cuadros tarifarios implementados desde abril, a partir de las Resoluciones SE 41/2024 y ENARGAS 122/2024, no cumplirían con los requisitos de previsibilidad, proporcionalidad y gradualidad para los usuarios, según lo establecido en las leyes 24.240 y 24.076.


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