Aguinaldo para empleadas domésticas: cuál es el monto

El personal doméstico debe cobrar en el último mes del año la segunda cuota del sueldo anual complementario (SAC).

País28/11/202219640 Noticias19640 Noticias
Empleada domestica
Aguinaldo para empleadas domésticas

Las empleadas domésticas comenzaron a cobrar en diciembre un 7% de incremento en sus haberes y un adicional por "antigüedad" que será del 1%. Pero además en el último mes del año les corresponde cobrar la segunda cuota del aguinaldo o sueldo anual complementario (SAC).

Según la Ley de Contrato de Trabajo, el aguinaldo se acredita en base a la mitad del mejor salario abonado en el período de enero a junio. Se divide en dos pagos: la primera mitad se cobra en junio y la segunda, en diciembre. Este segundo aguinaldo se podrá depositar entre el 19 y 23 de diciembre.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

La fórmula para calcular el aguinaldo es dividir por 12 el mejor salario recibido y multiplicarlo por la cantidad de meses trabajados. Cuando la persona no prestó servicio durante todo el semestre, el aguinaldo se calcula sobre la mitad del mejor sueldo, y ese monto se multiplica por los meses o días trabajados durante esos seis meses.

Si durante el semestre comprendido, la empleada doméstica no trabajó todos los meses (ya sea porque empezó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato), le corresponde la liquidación de un proporcional por los meses consignados.

En el caso de que el trabajo se pague por hora, se suma la remuneración total de cada mes y se toma la más alta del semestre para estipular el medio aguinaldo.

Hay dos opciones para incluir el aguinaldo en los recibos de sueldo: si se abona el último día laboral del mes, fecha límite establecida por la Ley de Contrato de Trabajo, se puede incluir con el sueldo de junio o diciembre y entregar un mismo comprobante de pago. Si se paga por separado, se puede entregar un recibo de sueldo individual.

¿Cómo quedan los salarios con el aumento de diciembre?

De acuerdo a la Resolución 4/2021 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, la escala salarial queda de la siguiente manera a partir de diciembre:

Superior

  • Hora con retiro: $ 309
  • Hora sin retiro: $ 338
  • Mensual con retiro: $ 38.541
  • Mensual sin retiro: $ 42.930,5

Tareas específicas

  • Hora con retiro: $ 292
  • Hora sin retiro: $ 320,50
  • Mensual con retiro: $ 35.806,5
  • Mensual sin retiro: $ 39.859

Caseros

  • Hora: $ 275,5
  • Mensual: $ 34.935

Personal de asistencia y trabajo no terapéutico

  • Hora con retiro: $ 275,5
  • Hora sin retiro: $ 308
  • Mensual con retiro: $ 34.935
  • Mensual sin retiro: $ 38.931,5

Tareas generales

  • Hora con retiro: $ 256
  • Hora sin retiro: $ 275,5
  • Mensual con retiro: $ 31.416,50
  • Mensual sin retiro: $ 34.935.

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