El decreto 535 mejora el régimen industrial de Tierra del Fuego, pero excluye al sector textil
El contador Ramón Gallardo analizó el decreto 535/2025 y explicó que la medida amplía beneficios fiscales para las industrias fueguinas que venden bajo el sistema puerta a puerta, aunque advirtió que las textiles quedaron excluidas y enfrentan un panorama crítico.
En diálogo con FM Aire Libre, el contador Ramón Gallardo analizó el impacto del decreto 535/2025, recientemente publicado en el Boletín Oficial, que modifica aspectos clave del régimen fiscal y aduanero para las empresas radicadas en Tierra del Fuego. Según explicó, la normativa elimina restricciones sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y mejora las condiciones para las ventas bajo la modalidad puerta a puerta.
“No solamente se mantiene, sino que se amplían los beneficios del impuesto al valor agregado para la venta puerta a puerta. Es un incentivo adicional que seguramente las empresas venían reclamando”, afirmó el especialista. En ese sentido, explicó que el decreto corrige una limitación histórica: “Antes, cuando la venta era a un consumidor final, sólo se podía tomar el 70% del crédito fiscal del IVA. Con esta modificación, ahora es el 100%”.
Además, destacó que esta mejora no implica aportar el 15% al Fondo de Ampliación de Matriz Productiva (FAM), como sí ocurre con otras operaciones entre empresas. “Este decreto beneficia directamente al sistema CURIR —lo que yo llamo el Amazon fueguino— y le da mayor impulso a la industria radicada en el área especial”, señaló.
Gallardo también subrayó que esta política busca frenar la salida de divisas por compras en plataformas extranjeras. “En junio de 2025, se fueron 62 millones de dólares en compras puerta a puerta al exterior, principalmente a través de Amazon o Temu. El objetivo es que esas compras se redirijan a productos fueguinos, que tienen costos de salida de fábrica mucho más bajos”, explicó.
Al ser consultado sobre el alcance de esta medida, aclaró que no todas las fábricas fueron incluidas. “Las textiles quedaron afuera. Ya habían sido excluidas en el decreto 727 del gobierno anterior, y este nuevo decreto lo confirma”, indicó. En este punto fue categórico: “La defunción se la decretó el 727/21. Esto es, directamente, terminar de condenarlas”.
Gallardo detalló que en la resolución 286/25, que enumera los productos autorizados para venta puerta a puerta, no figuran textiles, alimentos balanceados, ni productos con valor agregado a recursos naturales, lo que deja afuera a varias pymes y emprendimientos locales.
Finalmente, explicó que si bien el decreto está en vigencia desde el 4 de agosto, su implementación aún depende de las plataformas digitales de cada empresa. “El Estado ya hizo su parte. Ahora queda en manos de las empresas avanzar con sus sistemas de venta online, cumpliendo con los requisitos que establece la resolución 5275 de la AFIP”, concluyó.
Con este nuevo esquema, las empresas electrónicas radicadas en la isla podrían ofrecer sus productos directamente a consumidores del continente con un beneficio impositivo pleno, mientras que sectores como el textil siguen enfrentando un escenario adverso, sin incentivos ni condiciones similares para competir.
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