Cambios que se vienen con la desregulación de la obras sociales y las prepagas
Gobierno Nacional implementó modificaciones significativas en la normativa de regulación para los afiliados de obras sociales y prepagas.
Gobierno Nacional publicó, este miércoles, tres decretos en el Boletín Oficial que desregulan la medicina privada, con múltiples y significativos cambios para los usuarios de obras sociales y prepagas.
Se trata de las resoluciones 170/2024, 171/2024 y 172/2024, que alcanzarán a 14 millones de trabajadores en relación de dependencia, sindicalizados, monotributistas, empleadas domésticas, y a más de 5 millones más que están en el sistema general.
En los considerandos de la norma, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Nicolás Posse y el ministro de Salud, Mario Antonio Russo, el Ejecutivo argumentó que esta medida tiene el fin de "proveer el otorgamiento de prestaciones de salud igualitarias, integrales y humanizadas, tendientes a la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud, que respondan al mejor nivel de calidad disponible y garanticen a los beneficiarios la obtención del mismo tipo y nivel de prestaciones, eliminando toda forma de discriminación".
Entre las modificaciones que entrarán en vigencia a partir del 1 de marzo, se destaca la posibilidad de que todos los trabajadores puedan elegir su obra social o prepaga desde el primer día de empleo, sin requerir un año de permanencia en la obra social del sector, lo que es un nuevo golpe contra los gremios en medio de un clima de tensión entre los sindicatos y la administración de La Libertad Avanza.
La normativa impulsada por el gobierno de Javier Milei, además de permitir la libre elección de la obra social o prepaga deseada por los trabajadores, elimina la obligatoriedad de permanecer un año en la obra social de su actividad al iniciar un nuevo empleo.
En otras palabras, los trabajadores podrán optar por una obra social o prepaga desde el primer día de su nueva relación laboral, sin necesidad de intermediación alguna, ya que la norma suprime la denominada "derivación de aportes", un proceso que requería el trabajador para adherirse a una prepaga a través de una obra social.
Con esto, es probable que desaparezcan las obras sociales que funcionan solo como intermediarias y no ofrecen prestaciones. Desde el gobierno han señalado que éstas operan como supuestas "cajas negras políticas" al intervenir en la transacción solo para obtener un porcentaje de ganancia.
El derecho de elección, que concede la nueva legislación, podrá ejercerse una vez al año y en cualquier momento desde el comienzo del vínculo laboral. Esta derogación del período de permanencia implica que las obras sociales sindicales deberán competir en igualdad de condiciones con las prepagas por la afiliación de los trabajadores de su sector.
A su vez, obliga a las prepagas a realizar aportes al Fondo Solidario de Redistribución (FSR), que financia el sistema solidario de salud. Este aporte equivale al 20% del total de las cuotas que perciben.
El FSR tiene como principal función reembolsar a las obras sociales por tratamientos complejos y costosos a través del Sistema Único de Reembolsos (SUR).
Sin embargo, este cambio esquemático podría llevar a un aumento en las cuotas de las prepagas, ya que, aseguran, no estarían en condiciones, en el corto plazo, de absorber el costo adicional de aportar al FSR y hacer frente a las complicaciones que atraviesa el sistema.
Con esta nueva disposición, la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), el organismo descentralizado estatal que regula el sistema de salud, ya no tendrá competencia para fijar los valores de las cuotas de los servicios.
Por ende, tanto las obras sociales como las prepagas podrán llevar adelante incrementos discrecionales, que podrían estar por arriba de la línea de la inflación general, difundida mensualmente por el Instituto Nacional de Estadística y Censos
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